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Dirección General |



El o la Director o Directora General, tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación el presupuesto anual y el programa de trabajo del Instituto;
  2. Presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación los Reglamentos Internos, políticas, lineamientos y manuales de operación del Instituto;
  3. Presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación los informes anuales de actividades;
  4. Representar legalmente al Instituto;
  5. Integrar y coordinar los consejos, comités, comisiones, subcomisiones o mesas técnicas que se requieran para la conformación y operación de los sistemas municipales de Participación Ciudadana, de Planeación Integral, de Programación, de Evaluación y el sistema de Información Estratégica Municipal;
  6. Dar a conocer al Consejo Consultivo, los programas y actividades de los sistemas municipales de Participación Ciudadana, de Planeación Integral, de Programación, de Evaluación y el sistema de Información Estratégica Municipal;
  7. Establecer acciones de coordinación con las diversas instancias responsables de la planeación tanto a nivel federal como estatal;
  8. Difundir ampliamente el Plan, los Programas y las propuestas que se deriven de las actividades que realice el Instituto;
  9. Llevar a cabo, en representación del Instituto, los actos de administración, pleitos y cobranzas, con todas las facultades que requieren cláusula especial conforme a la Ley, así como sustituir y delegar esta representación en uno o más apoderados para que ejerzan dichas facultades individual o conjuntamente;
  10. Asimismo, tendrá todas las facultades de defensa del patrimonio del Instituto, incluyendo las de seguridad social y laborales, procurando en todo momento la conciliación y medios alternativos de solución de controversias
  11. Otorgar y revocar los poderes necesarios para:
  12. Interponer y desistirse del Juicio de Amparo;
  13. Presentar denuncias y/o querellas penales y otorgar el perdón correspondiente;
  14. Ejercer todos los actos de representación y mandato que sean necesarios, especialmente los que, para su ejercicio, requieren cláusula especial;
  15. Contestar demandas en juicios entablados en contra del Instituto;
  16. Interponer y contestar incidentes.
  17. Certificar documentos, siempre y cuando sean los generados por el propio Instituto y obren en sus archivos.
  18. Observar y dar cumplimiento a la normatividad federal, estatal y municipal en materia de contabilidad gubernamental.
  19. Las demás previstas en las leyes y reglamentos.

Para su adecuada operación y funcionamiento, el Instituto, a través de su Dirección General, contará con las Agencias, Coordinaciones y Jefaturas de Departamento que acuerde la Junta de Gobierno; así mismo contará con el personal que sea necesario, siempre y cuando, exista disponibilidad presupuestal.

En las ausencias temporales, el Director General será suplido por cualquiera de los titulares de las Agencias del Instituto que designe por escrito para tal efecto, quien fungirá como encargado de despacho por el tiempo que dure la ausencia y tendrá las facultades y obligaciones inherentes a aquél.

En caso de ausencia definitiva del Director General, el Presidente de la Junta de Gobierno deberá designar a un encargado de despacho hasta en tanto se nombre un nuevo Director General.



Año 2022
pdf Actas de Sesiones de la Junta de Gobierno
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Año 2021
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Año 2020
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Año 2018
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Año 2017
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