La Junta de Gobierno se integra por el Presidente o Presidenta Municipal de Aguascalientes quien funge como Presidente o Presidenta, los o las Titulares de las Comisiones de Gobernación, Ecología, Agua Potable y Alcantarillado, y Planeación Urbana y Rural del Ayuntamiento, el Secretario o Secretaria de Finanzas Públicas Municipales, el jefe o jefa de la Oficina Ejecutiva de la Presidencia Municipal o su equivalente, el titular o la titular de la Contraloría Municipal y el Presidente o Presidenta del Consejo Consultivo del Instituto.
El Director o la Directora General del Instituto, fungirá como Secretario (a) Técnico (a) de la Junta, quien tendrá voz, pero no voto.
En caso de ausencia del Presidente o Presidenta de la Junta de Gobierno; el Director General o Directora General presidirá la sesión y determinará quién actuará como Secretario (a) Técnico (a), de cualquiera de los o las titulares de las Agencias del Instituto.
Los cargos como miembros de la Junta de Gobierno tienen un carácter honorario y en consecuencia los o las titulares no recibirán retribución, emolumento o compensación alguna por el desempeño de sus funciones.
Los o las integrantes de la Junta de Gobierno deberán proponer una persona que los supla, para el caso de que no puedan acudir a alguna de las sesiones de la misma.
La persona propuesta como suplente deberá ser aprobada por la Junta de Gobierno.
El Presidente o Presidenta de la Junta de Gobierno, a través del Secretario Técnico, convocará a sesión ordinaria en forma cuatrimestral, y de manera extraordinaria cuando haya asuntos urgentes que tratar.
A la Junta de Gobierno le corresponde nombrar y remover al Director General del Instituto a propuesta del Presidente o Presidenta Municipal, revisar periódicamente el estado financiero y el inventario de bienes del Instituto; revisar y aprobar el presupuesto anual del Instituto y presentarlo al Ayuntamiento para su aprobación; revisar y aprobar el programa anual de trabajo del Instituto; gestionar la obtención de recursos financieros para el buen cumplimiento de los objetivos del Instituto; aprobar el Reglamento Interior y los Manuales de Operación que para el efecto proponga el Director General del Instituto.
Los acuerdos que tome la Junta de Gobierno serán aprobados por sus integrantes mediante el mecanismo que la misma determine.
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