Artículo 56°: Obligaciones de Transparencia Específicas

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Y SUS MUNICIPIOS

CAPÍTULO III

DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA ESPECÍFICAS


Artículo 56°.- Además de lo señalado en el Artículo 55, en el caso del Poder Ejecutivo Estatal y de los municipios del Estado, según corresponda,
deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente Información:


Fracción I. En el caso del Poder Ejecutivo Estatal y los Poderes Ejecutivos de los Municipios, según corresponda:


Fracción II. Adicionalmente, en el caso de los Municipios: